Posteos etiquetados contratación
La regulación de las prácticas no laborales (a modo de resumen)
Dic 28
El 19 de noviembre de 2011 entraba en vigor el Real Decreto 1543/2011, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas. Os hacemos un resumen de lo que hemos considerado más importante:
1.- No existe relación laboral. Esto supone:
- La persona en prácticas no recibe un salario, sino una beca de apoyo. Esta beca no podrá ser inferior a 426 euros (año 2011).
- La persona en prácticas sí estará incluida en la Seguridad Social, cotizando por contingencias comunes y profesionales, pero de la misma forma en que cotizan los contratos para la formación y el aprendizaje. Es decir, no hablamos de más de 40 euros/mensuales con cargo para la empresa, con independencia de lo que se abone a la persona en prácticas.
- No se cotizará ni el desempleo, ni la formación profesional. Por ello, la persona en prácticas no tendrá derecho a la prestación por desempleo, una vez finalizadas dichas prácticas.
2.- Podrán optar a este tipo de prácticas aquellas empresas que formalicen convenios con los Servicios Públicos de Empleo. Es decir: la empresa elegirá a los candidatos, entre los que le facilite el Servicio Público de Empleo, y solo entre ellos. Además, en dicho convenio se recogerá la duración de las prácticas, su horario, …
3.- Requisitos de los candidatos:
- Jóvenes con edades comprendidas entre 18 y 25 años.
- Con titulación oficial universitaria, o titulación de formación profesional, de grado medio o superior.
- Sin experiencia laboral superior a 3 meses en la misma actividad.
4.- Duración de las prácticas: entre 6 y 9 meses.
Para más información, contacta con nosotros
Ayudas del Gobierno Vasco para trabajadores autónomos
Mar 1
El pasado 18 de diciembre de 2009 se publicó en el BOPV la Orden por la que se convocan ayudas para las personas trabajadoras autónomas dirigidas a:
- El sostenimiento de la actividad productiva. La cuantía de la subvención se establece en 1.125 euros por persona trabajadora autónoma.
- La contratación de empleados/as durante un periodo mínimo de seis meses. La cuantía de la subvención se establece hasta 100% de la cuota empresarial a la seguridad social de las personas contratadas, durante un periodo máximo de seis meses.
- c) El reciclaje, la mejora de la calificación profesional y la empleabilidad de aquellos que se hayan visto obligados a cesar su actividad: Durante el proceso formativo, que tendrá una duración máxima de seis meses, las personas beneficiarias recibirán una ayuda de 480 euros mensuales.
Si quieres más información, puedes encontrarla aquí: http://bit.ly/bwcqQ0
